Coche de Importación

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Documentación de Matriculación en España

Cuando el vehículo pasa la frontera española, inmediatamente se debe iniciar el proceso de matriculación para no tener inconvenientes con las autoridades competentes. Cuando se importa un vehículo de otro país como Alemania debes seguir el procedimiento descrito a continuación:

  • TARJETA ITV. Lo primero que debes hacer es dirigirte a un centro autorizado de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para expedir la tarjeta ITV española. En el siguiente enlace encontrarás todos los centros de inspección autorizado para sacar la ITV: http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/vehiculos/itv/. Generalmente, las personas que traen un vehículo de Alemania, entran al país por Gerona y hacen la gestión en el centro de inspección en Celrá. Debido al volumen de importaciones que tienen, allá te dan más facilidades para sacar el ITV, sin cita previa.
    Para sacar la ITV te piden el certificado de conformidad (COC). En el evento de que no tengamos este certificado de homologación europea debemos expedir la Ficha Técnica Reducida, que es un documento sustitutivo del COC el cual nos sirve para homologar el vehículo importado en España. Algunos Centros de inspección Técnica de Vehículos que cuentan con el personal de ingeniería calificado nos pueden ayudar a tramitar este certificado, en caso contrario el centro de inspección debe tener un listado de profesionales capacitados para la generación de este certificado.
    Cuando ya tengamos estos documentos, los entregamos en el centro de inspección junto con el contrato de compraventa o factura y el DNI, y nos entregaran casi al instante la ficha técnica o tarjeta ITV. Si el vehículo es transportado en un camión podemos hacer la diligencia en cualquier otro centro de inspección ya que el vehículo no se está movilizando.
  • Impuesto IVTM. Todos los vehículos que circulen por carreteras españolas deben pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Este es un impuesto municipal que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por vías públicas. El responsable de este impuesto es cada uno de los ayuntamientos, es por eso, que el comprador del vehículo se debe dirigir al ayuntamiento donde se encuentre registrada su dirección de DNI y consultar la forma de pago del impuesto. Cuando se proceda a pagar este impuesto, se debe llevar al ayuntamiento la Tarjeta ITV y el DNI del propietario del vehículo. Se deben solicitar las copias respectivas al ayuntamiento para cada interesado.
  • Pago de IVA en España. Generalmente cuando se compra un vehículo ya sea en España o en otro país, hay varias modalidades de pago. Esta la TTC (Toute Taxes Comprises) la cual no incluye el IVA, y esta la TVAC donde la factura tiene el IVA incluido. Si el vehículo lo compramos bajo la modalidad de TTC estamos exentos de pagar el IVA en cualquier país, a menos que el vehículo sea comprado para comercializarlo, bajo ese esquema el IVA si se debe pagar en España. Cuando el vehículo es nuevo, el concesionario incluye el IVA en la factura, el cual se debe pagar sin modo de recuperarlo si el pago se efectúa en otro país; en caso de que el vehículo se compre para comercializarlo se le puede deducir el costo del IVA en el país donde se compra, pero se debe pagar en España. Los vehículos nuevos deben justificar el pago del IVA o deben demostrar que se encuentra incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA ante la agencia tributaria mediante los modelos 300 ó 309 de la agencia tributaria los cuales puedes encontrar en el siguiente enlace: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_309.shtml.
  • Impuesto de matriculación. Toda persona que adquiera un vehículo y lo matricule en España está en la obligación de pagar este impuesto, el cual es autoliquidable y se paga de manera telemática. Puedes consultar el procedimiento y pago on-line en el siguiente enlace: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Impuesto_Especial_sobre_Determinados_Medios_de_Transporte/Tramitacion/Modelo_576/Modelo_576.shtm
  • El costo varía de acuerdo a las emisiones de CO2 que presente. El plazo para pagar este impuesto son 30 días a partir de la firma del contrato de compraventa o fecha de la factura. Es importante hacer la autoliquidación y pagar el valor correspondiente, ya que al efectuarse el pago, se genera un Número de Referencia Completo (NRC), el cual evidencia que el pago fue realizado y se coloca en el modelo 576 al momento de diligenciar el formulario.
  • Formulario de Solicitud de Matriculación. Debes diligenciar el formulario de solicitud que puedes encontrar en la sección de trámites en la página web de la Dirección General de Tráfico, en el siguiente enlace:
    http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/matriculacion/9.03-Castellano.pdf

Cuando hayas recopilado toda esta documentación te debes dirigir a la Jefatura Provincial de Trafico de tu ciudad (en el siguiente enlace puedes consultar dirección, teléfonos y horarios de atención de las jefaturas:
http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/dir_telefonos/jefaturas/ ). Primero pagas en la caja el costo del importe el cual para este año está en 91,80€ (a excepción de los ciclomotores que es de 25,60€). En la caja entregan unos stickers los cuales se deben pegar en el formulario de Solicitud. Después se entrega en la ventanilla correspondiente la solicitud de matricula con todos los documentos solicitados. Al día siguiente te entregarán la ficha técnica con la matricula troquelada y el permiso de circulación a nombre del comprador del vehículo. Este tiempo de trámite puede variar dependiendo la jefatura provincial.
En el evento de que el vehículo se haya comprado a otra persona se debe pagar el impuesto de sobre trasmisiones patrimoniales (Modelo 620). En el Real Decreto Legislativo 1/1993 del 24 de Septiembre puedes encontrar cómo liquidarlo, y el formulario lo puedes encontrar en la página de la agencia tributaria en el siguiente enlace:
http://www.aeat.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/620/mod620e.pd

El pago del mismo lo puedes efectuar en cualquier delegación de la Agencia Tributaria o por internet, el cual al hacer el pago te generará un código electrónico de transferencias (CET) que servirá como soporte de que ya cumpliste con esa obligación fiscal. También debes anexar el contrato de compraventa del vehículo.